Departamento de Administración de Salud

Carmen Gloria Lorca Céspedes
Jefa Departamento de Salud
departamentosalud@muniperalillo.cl - 722351300

 

Organigrama

El Departamento de Administración de Salud Municipal tiene a su cargo las siguientes funciones generales, además del reglamento interno del Departamento de Salud Municipal:

  1. Planifica, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades inherentes a la unidad, respondiendo de ello al Alcalde, velando por la coherencia de acción de ésta con las demás reparticiones del municipio.
  2. Asegurar la óptima entrega de las atenciones que otorgan los servicios de salud municipales a los habitantes de la comuna que acuden a los diferentes postas y consultorio.
  3. Asumir la dirección administrativa de los establecimientos de Salud Municipal, en conformidad a las disposiciones legales vigentes.
  4. Proveer los concursos necesarios para el normal funcionamiento de los servicios asistenciales y/o entrega de las prestaciones que correspondan.
  5. Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud.
  6. Coordinar las acciones que tengan relación con la salud pública que deban cumplirse por los establecimientos que administra, dentro de las normas vigentes.
  7. Administrar los recursos humanos, materiales y financieros, en coordinación con la unidad de Administración y finanzas.
  8. Elaborar y desarrollar programas de higiene, como asimismo otros programas que tiendan a la prevención, detección y tratamiento de enfermedades de los habitantes de la Comuna, en coordinación con Entidades privadas y con los Organismos del Ministerio de Salud que corresponda.
  9. Generar políticas de salud en Promoción y prevención de salud primaria.
  10. Presentar a la Secplac, en el mes de agosto de cada año, las necesidades del presupuesto y el proyecto de compromisos de gestión de la Unidad, para el año siguiente.
  11. Cumplir   los  compromisos  de  gestión  de  la  Unidad,  para el  año  siguiente,  que  el Alcalde le entregue en el mes de Diciembre.
  12. Efectuar  la  evaluación  semestral  de  los  compromisos  de  gestión,  realizando  las correcciones que sean necesarias para cumplir con las metas fijadas, sin perjuicio del control que deba efectuar el Alcalde o  la Dirección de Control.
  13. En el mes de enero, enviar al Alcalde su informe de cumplimiento de compromisos de gestión del año anterior, señalando las razones en el caso de metas no alcanzadas.
  14. Elaborar el Reglamento de estructura y funciones de la Dirección de Salud Municipal, el que deberá ser aprobado por el Alcalde y el concejo Municipal.
  15. Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne, las que ejecutará a través de la unidad que corresponda, de conformidad a la legislación vigente.
Articulo 172 del Reglamento 47 de Organización Interna de la Ilustre Municipalidad de Peralillo